Dirección de Compras

21/09/2018

LICITACION PRIVADA N° 004/2018 -Obra ampliación de dependencias de la Facultad de Tecnología y Ciencias Aplicadas

EXPEDIENTE N°  1026/18     

LICITACION PRIVADA N° 004/2018

 APERTURA: 16 de Octubre  2018

             Hora:  12:00.

 PRESUPUESTO OFICIAL:   $2.367.209,36

 PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA: Ciento ochenta (180) días 

 VALOR DEL PLIEGO: PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($ 2.300,00) 

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PLIEGO DE CLAUSULAS  PARTICULARES

Art. 1 OBJETO DEL LLAMADO A LICITACION PRIVADA

El presente llamado a Licitación Privada tiene por objeto contratar la ejecución de la obra: “AMPIACION  DEPENDENCIAS DE FACULTAD DE TECNOLGOIA Y CIENCIAS APLICADAS”, La obra se ubica en el Campus Universitario, sobre Av. Belgrano al 300. Este ampliación consiste en la construcción de un modulo nuevo de arquitectura que permita ampliar las actividades aulicas y el desarrollo de tareas especifica de materias que se dicten en la Facultad citada precedentemente.

Art. 2 PRESUPUESTO OFICIAL

El Presupuesto Oficial asciende a la suma de Pesos: DOS MILLONES TRESCEINTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NUEVE CON 32/100 (son $ 2.367.209,32), valores correspondientes al mes de apertura de la presente Licitación, con impuestos incluidos. 

Art. 3 TERMINOLOGÍA

A los efectos de las CLAUSULAS ESPECIALES y de todo otro documento contractual de la presente Licitación Privada, se emplearán las siguientes denominaciones: “Estado” por Estado Nacional Argentino, “Ministerio” por Ministerio de  Educación; “Repartición” por Universidad Nacional de Catamarca – Dirección General de Planeamiento Físico; “Inspección” por el Servicio Técnico competente encargado del contralor y vigilancia de los trabajos, la misma estará integrada por personal profesional de la Dirección de Obras por Contrato; “Contratista” por el oferente que obtenga la adjudicación del Contrato.

Art. 4 ADQUISICIÓN DEL PLIEGO

La  Documentación de la Licitación Privada se podrá consultar y retirar de la Dirección Área Compras en Rectorado de la Universidad Nacional de Catamarca: calle Esquiú nº 799 esq. Tucumán - C.P. 4700 San Fernando del Valle de Catamarca - Casilla de Correo 189 – T.E. 0383-4424099/4456410 int 135, en el horario de 8.00 a 12.00 hs. El precio de venta del pliego de  la presente licitación es de pesos Dos Mil Tresceintos con 00/100 ($ 2.300,00)  

ES INDISPENSABLE PARA COTIZAR LA PRESENTE LICITACION PRIVADA, ADQUIRIR EL PLIEGO A NOMBRE DE LA EMPRESA OFERENTE O UNO DE SUS INTEGRANTES, EN CASO CONTRARIO NO SE CONSIDERARÁ LA OFERTA.

LA  APERTURA DE OFERTAS Y VISTA. Se llevara a cabo en la Ofician que ocupa la Dirección  Área Compras en  Rectorado de la UNCA, sito en la calle Esquiu 799. El día indicado en la carátula del presente pliego (“Acto de Apertura”), se procederá a abrir las ofertas en presencia de funcionarios de la Institución y de todos aquellos que desearan presenciarlo.

A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora en el mismo lugar.

En el acto de apertura se verificará la existencia de la oferta económica y de toda la documentación que conforma la misma.

Se labrará un acta que será firmada por los funcionarios intervinientes y los oferentes presentes que desearen hacerlo.

Los originales de las ofertas se exhibirán a los oferentes por el término de DOS (2) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura.

Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura .Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por la Comisión Evaluadora.

Art. 5 LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Los sobres, cajas o paquetes que contenga las ofertas serán  presentadas en original y una (1) copia, en la Dirección de Mesa General de Entrada Salida y Archivo de la Universidad Nacional de Catamarca, - Esquiu 799 esq. Tucuman Planta baja – San Fernando del Valle de Catamarca. Hasta las 11:55  del día fijado para la apertura de sobre

No se aceptarán, bajo ningún concepto, las Propuestas que sean presentadas o que lleguen por correo o por cualquier otro medio, con posterioridad al día y hora de apertura, aunque se justifique por el matasellos u otro elemento que se hubieran despachado a tiempo.

Art. 6 CIRCULARES CON CONSULTA Y SIN CONSULTA 

Los plazos para recibir y responder consultas serán respectivamente de cinco (5) y tres (3) días hábiles administrativos antes de la fecha límite fijada para presentar propuestas.

Agrégase lo siguiente:

Para evitar problemas derivados de las comunicaciones, los posibles oferentes deberán informarse periódicamente sobre su existencia y requerirlas. A su pedido, la Repartición les extenderá constancia del número de Circulares emitidas. De no informarse, los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

La dirección del Contratante a la que deben remitirse las consultas es la misma que figura en el Art. 4 del PCE.

Art 7. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución de las obras se establece en CIENTO OCHENTA (180) DÍAS corridos.

Se podrá ofrecer como variante, un plazo menor de ejecución.

El plazo se computará a partir de la fecha del Acta de Iniciación de los Trabajos.

Art. 8 ANTICIPO FINANCIERO

Está previsto un anticipo financiero del VEINTE POR CIENTO (20 %) del monto contractual.

 

Art. 9 DERECHOS E IMPUESTOS

Será de exclusiva cuenta del Contratista todos los derechos o impuestos, sean Nacionales, Provinciales y/o Municipales, por la ejecución de la Obra,  que deban realizarse.

El Contratista dará cuenta a la Inspección, de dichos pagos.

Así también, serán de exclusiva cuenta del Contratista los gastos en materiales e insumos necesarios y los que genere la contratación de personal para su ejecución.

Art. 10 LEGISLACIÓN LABORAL Y DE SEGURIDAD

Será responsabilidad del Contratista el cumplimiento de la legislación vigente en materia laboral y seguridad del personal a su cargo y de todo lo relacionado con la aplicación de la legislación vigente en materia de riesgos de trabajo. Las consultas se podrán hacer en la Dirección General de Personal de la Universidad Nacional de Catamarca y en la Unidad de Higiene y Seguridad, ambas de la Universidad Nacional de Catamarca, con domicilio en calle Esquiú N° 799 de ésta ciudad.

Art 11. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

La Contratación de la Obra se hará por el sistema de Ajuste Alzado sin Presupuesto Oficial  Detallado.

Art 12. LA CONTRATACIÓN Y CONTROL DE OBRA

El Oferente podrá ejecutar la obra o subcontratar su ejecución, lo que será explicitado con la oferta.

El Contratista o Subcontratista que ejecute la obra asumirá las obligaciones de Responsable de Obra. La obra se hará en un todo de acuerdo al Plan de Trabajos Definitivo a presentar por el Oferente antes de la firma del Contrato y el que formará parte del mismo.  La Inspección confeccionará EL Certificado de Medición de obra en forma mensual y de acuerdo con el mencionado Plan de Trabajos.

Art. 13 CAPACIDAD LEGAL

Los proponentes deberán tener capacidad legal para obligarse y estar inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas de la Nación o en el Registro Provincial de Constructores y Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Catamarca (Res. Rec. U.N.Ca. nº 0107/2010).

Los requisitos de inscripción en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, dependiente del Estado Nacional, están contenidos en el Reglamento del citado Registro, aprobado por Decreto n° 1724/93.

Los requisitos de inscripción en el Registro Provincial de Constructores y Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Catamarca, dependiente del Estado Provincial, están contenidos en el Reglamento de Funcionamiento del citado Registro, aprobado por Decreto Acuerdo Provincial n° 735/2013.

Las Empresas deberán presentar el Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitar o Certificado de Capacidad Libre de Contratación a la Apertura de las Ofertas y el Certificado de Adjudicación o Certificado de Capacidad Libre Actualizado a la firma del Contrato.

A los efectos del Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitar o Certificado de capacidad Libre de Contratación, se define la obra como de "ARQUITECTURA".

En caso de una UTE o agrupación de colaboración empresaria, el saldo de contratación anual exigido será integrado por la suma de los saldos de capacidad de contratación anual que el Registro Nacional o Provincial asigne a cada uno de los integrantes de la misma.

Art. 14 CAPACIDAD TÉCNICA

Experiencia de obra

Tener experiencia como Contratista o Subcontratista en la construcción, durante los últimos dos (2) años, edificios escolares, administrativos, culturales, de salud y de viviendas, nuevos, que contemple obras similares a  las de las presente documentación a construir , con sus correspondientes ítems de estructuras, albañilería, instalaciones, acabados, revestimientos y solados interiores y exteriores, por un total mínimo de dos (2) veces la superficie del proyecto a licitar en nomás de tres (3) contrato. Si el proponente declara como antecedentes obras en ejecución, las mismas deberán acreditar un avance superior al 50%.

En el caso en que el oferente sea una UTE o agrupación de colaboración empresaria, se considerarán los metros cuadrados de tres (3) contratos entre las empresas que integran la UTE. 

La experiencia en construcción de viviendas se considerara validad cundo la obras de la vivienda ejecutadas cumpla lo exigido respecto que las mismas deberán ser de similares características estructurales ( Tipo de fundación, estructura), de albañilería, de instalaciones y niveles de terminaciones, al del  proyecto objeto de la presente  Licitación.

Para facilitar la evaluación de las ofertas, los oferentes deberán agregar a su propuesta la documentación respaldatoria (Contrato de Obra, Certificación, Actas de Recepción Provisoria o Definitiva, etc.) que permita verificar la experiencia de obra declarada. La Documentación respaldatoria presentada deberá estar certificada por escribano o autoridad competente.

Los oferentes deberán gozar de buen concepto, en las obras en que haya participado en los últimos dos (2) años.

El Contratante se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al cumplimiento de los compromisos contractuales oportunamente asumidos por el Oferente. El Contratante podrá rechazar la oferta en caso de observar un mal desempeño en las obras en las que el Oferente haya participado en el período establecido, a su exclusivo juicio.

Art.15 REPRESENTANTE TÉCNICO

El Representante Técnico de la Empresa Oferente, deberá ser Ing. Civil o en Construcciones o Arquitecto, debiendo ser expresamente designado y firmará como tal, todos los documentos de la oferta, quién oportunamente actuará como representante Técnico permanente en Obra.

El Contratista designará a un Técnico Constructor Nacional o a un Maestro Mayor de Obra o un Técnico Especialista conforme a la finalidad de la obra, que deberá ser aceptado por la Inspección y que será el encargado de receptar las instrucciones impartidas por esta última, que de esta manera serán consideradas como impartidas al Representante Técnico. Este deberá permanecer en la Obra durante las jornadas de trabajo.

El Representante Técnico deberá acreditar su inscripción en el Consejo Profesional de Ingenieros de Catamarca, 9 de Julio 416 –T.E. 426290 o en la Unión de Arquitectos de Catamarca (U.A.C.) Camilo Melet N° 223 –T.E. 430978. San Fernando del Valle de Catamarca o según corresponda de acuerdo a la norma del Decreto 2293/92 (B.O. 7/12/92).

El Representante Técnico por incumplimiento de sus obligaciones especificadas en la Obra se hará pasible de sanciones, de acuerdo a lo que fijan los respectivos consejos o colegios profesionales.

Art. 16 REEMPLAZO DEL REPRESENTANTE TÉCNICO

En caso de reiteración de infracciones y si la Inspección lo juzga conveniente, el Contratista deberá proceder al inmediato reemplazo de su representante y proponer el sustituto, que deberá ser debidamente autorizado.

Art. 17 DOMICILIO DEL CONTRATISTA

Contratista deberá constituir domicilio legal en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.

En todo diferendo que pudiera plantearse en la interpretación o ejecución del Contrato, entenderá el Juzgado Federal, con asiento en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a cuya jurisdicción y competencia se somete voluntariamente el Contratista con renuncia expresa a todo fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.

Art. 18 PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA

Los oferentes están obligados a mantener la oferta durante sesenta (60) días, contados  a partir de la fecha de apertura de las mismas.

Art. 19 GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

La Garantía de Mantenimiento de la Oferta es del uno (1) % del monto del Presupuesto Oficial, por un período de sesenta (60) días corridos a contar de la fecha de presentación de las propuestas.

Para esto podrá constituir  mediante las siguientes forma: Póliza seguro de caución; en efectivo (mediante deposito en las cuentas del BNA que posee la UNCA,  el número de cuenta deberán solicitarla personalmente en la D.A. C.),  o en títulos o en bonos nacionales, a la favor de la Universidad Nacional de Catamarca.

Art. 20 PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

El Oferente debe presentar con la oferta: Plan de Trabajo, Análisis de Precios, Cómputo Métrico y Presupuesto discriminado por ítem de la misma.

El Plan de Trabajo detallado,  una vez aprobado, se empleará en la Certificación de la Obra.

El Presupuesto por ítem adjunto a  la documentación es meramente indicativo, por lo que el Presupuesto a presentar, una vez aprobado, se empleará en la Certificación de la Obra.

La posible adjudicación de la Obra no significa la aceptación directa del Presupuesto del oferente, que podrá ser modificado después de ser  analizado por la Dirección de Obras por Contrato sin que ello involucre modificación alguna al precio total de la oferta que se mantendrá en todos los casos absolutamente inalterable.

En el Presupuesto detallado por ítem que deben presentar los Oferentes, no se aceptará la modificación de la unidad de medida.

La oferta deberá ajustarse en forma estricta al orden correlativo del Presupuesto Oficial.

Efectivizada  la presentación de esta manera, no se aceptarán en el transcurso de la Obra, presentaciones por posibles errores u omisiones que pudiera tener la carpeta de la Licitación Privada, de tal manera que la obra se entregará totalmente terminada de acuerdo a las reglas del arte de construir y a los fines a que será destinada.

Art. 21 PRESENTACIÓN DE PLAN DE TRABAJO

Los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta los siguientes diagramas:

1)  Plan de desarrollo de los trabajos. Dicho Plan corresponderá a un diagrama de barras que discrimine, como mínimo, la totalidad de los rubros del Presupuesto Oficial y el desarrollo de los trabajos en forma semanal debidamente valorizados.

2) Plan Previsto de Medición Mensual. En el mismo se graficarán las mediciones mensuales acumuladas previstas a realizar sobre la base de los importes cotizados y en concordancia con el Plan de Desarrollo de los Trabajos. En la línea de abscisas se indicarán los lapsos mensuales, y en la línea de ordenadas la medición mensual y la medición acumulada. 

Los planes detallados en los apartados 1° Y 2° del presente artículo deberán ser presentados en una escala y con una discriminación numérica que permita su clara e indiscutible interpretación.

El Plan de Trabajos detallado, que se exige en el Art. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, deberá ser veraz y ajustarse en forma rigurosa a los trabajos a realizar.

Art. 22 PRESENTACIÓN DE PRESUPUESTO

El Presupuesto detallado que se exige en el Art. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, deberá ser veraz y ajustarse en forma rigurosa a los trabajos a realizar. Se rechazarán las ofertas donde los precios unitarios de los distintos ítem, especialmente los que primero deban ser ejecutados, hayan sido sobre-valorados con el fin de obtener certificaciones iniciales de mayor monto.

Art. 23 PRESENTACIÓN DE ANÁLISIS DE PRECIOS

En la oportunidad de presentar Cómputo y Presupuesto, los oferentes deberán presentar el Análisis de Precios, para la totalidad de los ítems que integren el Presupuesto detallado.

El Análisis de Precios debe ser detallado, de la MANO DE OBRA, MATERIALES y de los PRECIOS UNITARIOS, según los modelos adjuntos para todos los ítems de la obra, debiendo reflejar un uso correcto de cantidades y rendimientos de los materiales, mano de obra y equipos a utilizar.

Los análisis de precios deberán ser confeccionados respondiendo a las normas modelo que se indican a continuación:

 

COEFICIENTE DE RESUMEN 

Ejemplo de cálculo de Coeficiente resumen a aplicar en los análisis de precios unitarios:

COSTO NETO

100,00

%

1,000

(A)

Gastos Generales e Indirectos ……………   10 %

Beneficio ……………………………………… 10 %

Incidencia sobre (A)

 

20,00

 

%

 

0,20

 

SUBTOTAL 1

 

 

1,20

(B)

Costos Financieros …………………………… 0 %

Incidencia sobre (A)

 

 

0,00

 

 

%

 

 

0,00

 

SUBTOTAL 2

 

 

1,00

(C)

I.V.A. e IB……………………………………... 23.5 %

Incidencia sobre (C)

 

23,50

 

%

 

0,235

 

SUBTOTAL 3

 

 

1,235

 

 

 

 

 

 

COEFICIENTE DE RESUMEN ADOPTADO (CR)

 

 

1,482

 

 
ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS

Por ejemplo: Hormigón armado para bases (unidad=m3):

 

DESCRIPCION

Cantidad

Unidad

Precio

Unid

Subtotal

Unid

Materiales:

  • cemento
  • piedra
  • arena
  • acero

 

 

kg/m3

m3/m3

m3/m3

kg/m3

 

 

 

$/kg

$/m3

$/m3

$/Kg

 

 

$/m3

$/m3

$/m3

$/m3

SUBTOTAL MATERIALES (A)

 

 

 

 

 

$/m3

Mano de Obra:

  • Oficial
  • Medio Oficial

 

 

 

día/m3

día/m3

 

 

 

$/día

$/día

 

 

$/m3

$/m3

SUBTOTAL MANO DE OBRA (B)

 

 

 

 

 

$/m3 

Equipos:                  

  • Hormigonera
  • Herramientas manuales

 

 

 

gl/m3

gl/m3

 

 

$/gl

$/gl

 

 

$/m3

$/m3

SUBTOTAL EQUIPOS (C)

 

 

 

 

 

$/m3

COSTO NETO TOTAL (D) :

(A+B+C)

 

$/m3

PRECIO DEL ITEM: COSTO NETO TOTAL (D) x CR =                                             $/m3 

                         

PRECIO DEL ÍTEM:                            $/m3  

                                                                                                         

 

NOTA IMPORTANTE: Las marcas explicitadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas son referenciales. Podrán cotizarse otras de igual o superior calidad, las que deberán reflejarse en la conformación de los respectivos análisis de precios.

 

Art. 24 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS PROPONENTES EN EL ACTO DE APERTURA DE LA CONTRATACIÓN.

  1. 1.    Sobre exterior cerrado, perfectamente identificable (con indicación del N° de la Licitación Publica, fecha y hora de apertura) que contenga:

a)    Nombre Completo de la Razón Social.

Nombre y Apellido de la que revista carácter unipersonal (en caso de sociedad de hecho, de cada uno de los componentes).

b)    LE/LC/CI N° ............................................ Expedido por ..................................................

c)    Domicilio.

d)    Recibo de adquisición del Pliego de Contratación a nombre del Oferente.

e)    Garantía de la oferta por el uno (1) por ciento (%) del monto del Presupuesto Oficial de Obra que podrá integrarse mediante póliza de Seguro de Caución o bien depósito en Banco de la Nación Argentina –Sucursal Catamarca – Cta. Cte. N° 11461-3 - UNCATAM 70-00/807 Otros Gastos.

f)     Constancia Oficial de Inscripción en las Cajas Nacionales de Previsión y número correspondiente de Clave Única de Identificación Tributaria -CUIT-.

g)    Constancia de Inscripción al Impuesto a los Ingresos Brutos -IB-.

h)      Los oferentes  deberán informar por escrito que al día de la presentación de la oferta, no registran deudas tributarias y previsionales con la AFIP.  La Universidad verificara en forma directa a través de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) la habilidad para contratar respecto de sus potenciales  proveedores, en los términos del inciso f) del Artículo 28 del Decreto Delegado 1023/2001 y sus modificatorios y complementarios. (AFIP RG 4164-E), en todos los casos en que el monto total de la oferta resulte igual o superior a la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00). Siendo este requisito imprescindible para poder llevar a cabo la adjudicación.

i)       Los oferentes deberán adjuntar a su propuesta lo siguiente de acuerdo a:

a)    Aquellos obligados a llevar registros contables, acompañarán a su propuesta copia de dos (2) de sus estados contables firmados por Contador Público y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Catamarca, correspondiente a dos ejercicios anteriores a la fecha de presentación de oferta.

b)    Aquellos no obligados a llevar registros contables, adjuntarán manifestación de bienes y deudas, firmados por Contador Público y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Catamarca, correspondientes a los dos (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta.

j)      Los oferentes deberán acompañar a su propuesta una declaración jurada donde conste que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado Nacional e igualmente en la misma deberá denunciar si mantiene o no juicios con el Estado Nacional o sus entidades descentralizadas. En caso afirmativo, deberá individualizar: carátula, número de expediente, monto reclamado, juzgado, secretaría y entidad demandada.

k)    Copia legalizada del “Certificado de Capacidad de Contratación Anual para Licitar”, emitido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas o “Certificado de Capacidad Libre de Contratación”, emitido por el Registro Provincial de Constructores y Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Catamarca.

 

Todos estos requerimientos serán igualmente obligatorios para los subcontratistas que intervengan en la obra.

Será condición indispensable cumplir en todo, con lo solicitado en “art 24 del presente pliego”.

 

  1. 2.    Otro sobre cerrado dentro de aquel con el de “Propuesta”, conteniendo:

a)    La oferta de la ejecución de la obra, en original y una (1) copia.

b)    El equipamiento que permanecerá en el local.

c)    Plan de Trabajo, incluyendo Plan de Desarrollo de los Trabajos y Plan Previsto de Medición.

d)    Análisis de Precios, detallando las marcas a utilizar.

e)    Cómputo Métrico y Presupuesto, discriminado por ítem.

 

Art. 25 CONTRATACIÓN DE ETAPA ÚNICA

Para la presente Contratación se utilizará el tipo de “Etapa Única”.

 

Art. 26 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Será efectuada por la Comisión Evaluadora de la Universidad Nacional de Catamarca, quien plasmará su criterio en un Dictamen de Evaluación que constará en un Acta, la cual se dará a conocer por medio de notificación fehaciente a todos los oferentes dentro del término de dos (2) días de emitida, pudiendo los interesados presentar impugnaciones al mismo dentro de los tres (3) días de notificados. Durante este término, el expediente que contenga las actuaciones del trámite estará a disposición de los oferentes para su vista en la Dirección Área Compras en Rectorado, con domicilio y horario ya indicado.

 

Art. 27 ADJUDICACIÓN

La Resolución Rectoral por la cual se adjudique la obra, será notificada fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los tres (3) días de dictada la misma.

 

Art. 28 PLAN DE TRABAJO DEFINITIVO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA ADJUDICADA

La Empresa Adjudicataria se obligará a presentar el Plan de Trabajo Definitivo y el Plazo de Ejecución de la Obra debidamente adjudicada.

Dicha presentación se hará en un término de tres (3) días hábiles a partir de la fecha de adjudicación, fehacientemente comunicada y antes de la firma del Contrato.

 

Art. 29 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS PROPONENTES ANTES DE LA FIRMA DEL CONTRATO:

  • Plan de Trabajo Definitivo y Plazo de Ejecución de la Obra adjudicada (dentro de los tres (3) días hábiles de la adjudicación). 
  • Nómina del Personal que ocupa el Proponente (y la Subcontratista, de corresponder), con su número de Clave Única de Identificación Laboral -CUIL-. 
  • Certificado de cobertura de seguro de vida y nómina de asegurados. 
  • Certificado de cobertura de Riesgo de Trabajo, expedido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo -A.R.T.-. 
  • Nómina del Personal asegurado frente a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), certificado por ésta última. 
  • Garantía de Contrato por el cinco por ciento (5%) del monto del Presupuesto del Contrato, que podrá integrarse mediante póliza de Seguro de Caución o bien depósito en Banco de la Nación Argentina –Sucursal Catamarca – Cta. Cte. N° 11461-3 - UNCATAM 70-00/807 Otros Gastos. 
  • Comprobante de Inscripción en el Registro Nacional de la Industria de la Construcción, actualizado y autenticado, conforme a la disposición de dicho Registro N° 40/93 del Régimen de la Ley N° 22.250 y el Art. 1° del Decreto N° 1342/81.
  • “Certificado de Adjudicación” -actualizado-, emitido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas o “Certificado de Capacidad Libre Actualizado”, emitido por el Registro Provincial de Constructores y Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Catamarca. 

Art. 30 INICIACIÓN DE LA OBRA

La  orden de ejecución se hará ajustándose a lo estipulado en el Pliego de Cláusulas  Generales para la Contratación de Obras Públicas, fijándose siete (7) días corridos a partir de dicha orden, para la iniciación real de los trabajos, oportunidad en la cual se labrará el Acta de Iniciación de Obra.

 

Art. 31 PLANOS DE OBRA

El Contratista está obligado a confeccionar a su costo toda la documentación de obra necesaria para la ejecución de la misma (plano de replanteo, detalles constructivos, cálculos estructurales, etc.), que la Inspección le solicite y deberá someter esta documentación a la aprobación de la Inspección en los plazos que ésta establezca.

El Contratista preparará todos los planos de obra necesarios y de cada uno de ellos entregará al Comitente dos (2) copias para su aprobación; una vez aprobado un plano sacará las copias que necesite para su uso y entregará al Comitente el original, en papel vegetal a fin de su preservación en perfecto estado, acompañando además el soporte magnético.

Art. 32 RESPONSABILIDAD PARA EL CÁLCULO

Todos los cálculos de las obras y equipos a instalar: estructura,  bombas para elevación de agua, etc.; deberán ser verificados por el Contratista, el cual será responsable por los cálculos, debiendo presentarse memorias de cálculo, planos y todo otro elemento necesario para permitir el estudio y aprobación por parte del  Comitente.

El Comitente no asume responsabilidad por errores de cálculo y estudios que se cometen  que no sean advertidos en la revisión, subsistiendo en consecuencia la responsabilidad del profesional y del Contratista, que será plena por el trabajo realizado.

 

Art. 33 CIERRE DE LAS OBRAS

El Contratista ejecutará el cierre del sector donde se desarrollen las obras en la extensión necesaria, con vallas y señalizaciones, conforme a las indicaciones que imparta la Inspección.

Art. 34 VIGILANCIA Y ALUMBRADO DE LAS OBRAS

 

El Contratista deberá tomar todas las medidas necesarias en aquellas partes de la obra donde puedan producirse accidentes, así como también para prevenir robos o deterioros de sus materiales, máquinas, estructuras, herramientas, etc. u otros bienes propios o ajenos, quedando librado a su exclusivo cargo los perjuicios que en ese sentido pudiera sufrir.

Art. 35 COMODIDADES PARA LA INSPECCIÓN

La Inspección de la U.N.Ca. dispone de local propio.

El Contratista proporcionará en buenas condiciones de uso, los instrumentos necesarios para el control de las operaciones de relevamiento, replanteo y mediciones de los trabajos contratados.

 

Art. 36 SEGURIDAD Y ACCIDENTES DE TRABAJO

El Contratista será responsable por dotar a su personal de capacitación y elementos idóneos y suficientes de seguridad de conformidad con las normas legales vigentes y con las características de la obra, en forma eficiente y por los montos de los riesgos razonablemente ponderados, a todo su personal contratado o dependiente, debiendo exhibir además, a la Inspección o a los Inspectores destacados por las oficinas de fiscalización pública competentes, los comprobantes de pago de las primas en curso.

El Contratista no podrá iniciar, ni continuar ningún trabajo sin previamente acreditar ante la Inspección tener asegurado a todo el personal a sus órdenes, empleados y obreros, que deban trabajar en la obra, de acuerdo a los sueldos o jornales que perciban, comprendiendo la inhabilitación temporaria de los empleados y obreros.

El seguro será igualmente obligatorio para el personal de los Subcontratistas que intervengan en la obra, con los mismos requisitos exigidos al Contratista.

El Contratista contratará y mantendrá en vigencia seguros contra toda clase de accidentes y responsabilidad civil de su actividad o la de sus empleados y obreros frente a terceros y sus bienes, incluida la Universidad y los subcontratistas.

Se requerirá al momento de la firma del Contrato:

a)    Nómina del personal que ocupa con su número de C.U.I.L.

b)    Certificado de cobertura de riego de trabajo expedido por la A.R.T.

c)    Certificado de cobertura de seguro de vida y nómina de asegurados.

Deberá presentar además, junto con cada certificado, nómina de personal asegurado frente a la A.R.T.,  certificado por ésta última.

El Contratista deberá asegurar la obra  contra riesgos de incendio hasta la Recepción Definitiva.

 

Art. 37 PAGO DE LOS CERTIFICADOS

El pago de los Certificados de Obra se hará efectivo dentro de los treinta (30) días corridos, a contar desde el primer día subsiguiente de la fecha de presentación del certificado por parte de la Contratista. Estableciéndose un plazo máximo de cinco (5) días para dicha presentación, los que se computarán a partir del primer día subsiguiente al mes de ejecución y medición de los trabajos.

Las facturas tipo “B” deberán ser emitidas a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA, Calle Esquiu 799 - (4700) Catamarca, C.U.I.T. Nº 30-64187093-1. Y deberá hacer referencia al Nº de expediente de que se trata. Se informa que ésta Universidad reviste el carácter de EXENTO frente al I.V.A. e II.BB.

Las facturas deberán estar confeccionadas en un todo de acuerdo con la normativa vigente aplicable en la materia fiscal y tributaria. Su confección deficiente impedirá la liquidación del pago, el cual quedará suspendido hasta la subsanación del defecto.

Dado que la UNCA es agente de retención tanto del Impuesto al Valor Agregado como del Impuesto a las Ganancias, en el caso de que las firmas adjudicatarias cuenten con una exención a dichas retenciones o revistan la condición de agentes de retención de los mencionados tributos, deberán presentar junto con la factura documentación que acredite tal situación, o de lo contrario la UNIVERSIDAD procederá oportunamente a efectuar las retenciones que pudieran corresponder por dichos conceptos.

La omisión o cumplimiento deficiente o inoportuno de la carga de acreditar la exención, exclusión o beneficio tributario, impedirá la procedencia de cualquier reclamo tendiente a la devolución de lo retenido.

Art. 38 REGIMEN DE LA CONTRATACIÓN

La presente Contratación se regirá por la Ley N° 13.064 y Pliego Tipo de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas y sus Anexos.

 

Art. 39 IMPUESTO A LOS SELLOS

El Contratista que resulta adjudicatario se obliga a abonar el 50% del sellado que corresponde reponer por el  contrato firmado, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Sellos, el que se realizara dentro de los cinco (05) días de la firma del mismo.

 

Art. 40 RECEPCIÓN PROVISORIA

Una vez finalizada la ejecución de los trabajos el Contratista solicitará a la Inspección la Recepción Provisoria de la Obra, mediante Nota de Pedido.

La obra será recibida provisionalmente por la Inspección ad referéndum de la autoridad competente, cuando se encuentre terminada de acuerdo con el Contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas y procedimientos establecidas en el P.C.E. y en el P.E.T.

Se labrará un Acta de Recepción Provisoria, en presencia del Contratista o de su representante debidamente autorizado, prestando conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía.

En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el Contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para la corrección de los mismos.

Es condición indispensable para la Recepción Provisoria de los trabajos contratados que la Contratista haga entrega a la Inspección de la documentación conforme a obra, del P.E.T.

Art. 41 PLAZO DE GARANTÍA

El plazo de garantía será de doce (12) meses. Durante ese plazo el Contratista se compromete a proveer el mantenimiento de todos los equipos: ascensor y elevadores/plataformas, descriptos en la presente documentación por un período de 12 meses a partir de la Recepción Provisoria de la Obra. Este mantenimiento incluirá revisiones periódicas, ajustes y lubricación de todo el equipo. La Contratista también reparará o reemplazará las partes mecánicas eléctricas que sean necesarias, usando solamente repuestos legítimos producidos por el fabricante de los equipos instalados. Las renovaciones o reparaciones que se hicieran necesarias en razón de negligencia o mal uso de los equipos o por cualquier causa no imputable al instalador de ascensores, no serán de responsabilidad del mismo. Los trabajos se llevarán a cabo durante horas normales de trabajo de la Contratista pero los llamados por reclamos de emergencia serán atendidos en cualquier momento.

El Contratista es responsable de las reparaciones requeridas por los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos o vicios ocultos o ruina siempre que ellos no sean consecuencia del uso indebido de las obras, para ello mantendrá en la obra el personal y los equipos necesarios.

La finalización del plazo de conservación sin observaciones determinará la Recepción Definitiva de las obras.

Si durante el período de garantía el Contratista no solucionara a satisfacción de la Inspección los vicios ocultos u otras anomalías, las observaciones a los trabajos ejecutados consignadas en el Acta de Recepción Provisoria, los desperfectos ocurridos durante el período de garantía; el Comitente podrá subsanar las deficiencias contratando los trabajos con terceros o realizándolos por administración, con cargo al Fondo de Reparos del Contrato.

El fondo de reparo del Contrato, que no fuere empleado a los fines antes detallados será reintegrado al Contratista, al cumplirse el Plazo de Garantía.

Art. 42 RECEPCIÓN DEFINITIVA

Transcurrido el Plazo de Garantía establecido en el Artículo precedente se podrá realizar la Recepción Definitiva de las obras.

Para efectivizarla, la Inspección verificará el buen estado y correcto funcionamiento de las obras, la ausencia de vicios aparentes, los posibles defectos originados en vicios ocultos, así como se hayan  subsanado las deficiencias consignadas en el Acta de Recepción Provisoria y se hayan entregado y aprobado la documentación conforme a obra debidamente aprobada. Asimismo, de considerarlo conveniente la Inspección,  se ejecutarán las pruebas y ensayos necesarios para demostrar el buen estado y correcto funcionamiento de las obras, pudiendo repetirse, con ese fin, parcial o totalmente las establecidas para la Recepción Provisional.

De verificarse deficiencias o defectos, la Inspección intimará al Contratista para que un plazo perentorio los subsane. Vencido dicho plazo sin que el Contratista haya dado cumplimiento a lo ordenado, el Comitente podrá hacerse cargo de oficio de la obra, dejando constancia del estado en que se encuentra y efectuar por sí o por medio de terceros los trabajos y provisiones necesarios para que la obra resulte de recibo, cargando los importes que esto insuma al Contratista, en la liquidación final.

Si las deficiencias verificadas son subsanadas por el Contratista, el plazo de garantía de las partes afectadas de la obra podrá llevarse hasta una fecha que no excederá el doble del plazo de garantía original, todo esto a exclusivo juicio del Comitente.

La recepción se formalizará con el “Acta de Recepción Definitiva”, que será labrada en presencia de un representante de la Contratante y la Contratista o su representante técnico.

La Recepción Definitiva de la obra extinguirá de pleno derecho las garantías otorgadas por el Contratista por la parte recibida y lo liberará de las responsabilidades contractuales, con excepción de las prescriptas en el Código Civil. Al respecto, el plazo de DIEZ (10) años que establece el Artículo específico del mismo, comenzará a regir desde la fecha de recepción definitiva.

Art. 43 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Dentro de los CINCO (5) días hábiles de notificada la adjudicación y previo a la firma del Contrato, el adjudicatario suministrará al Contratante la Garantía de cumplimiento del mismo, la que será de cinco por ciento (5%) del importe total del Presupuesto de Contrato de la obra.

Art. 44 GARANTÍA DE ANTICIPO FINANCIERO

La presente obra prevé el pago de un Anticipo Financiero por un monto máximo equivalente al Veinte Por Ciento (20 %) del monto del contrato IVA incluido.

Para acceder al Anticipo Financiero, el Contratista deberá solicitarlo dentro de los Diez (10) días hábiles posteriores a la Firma del Contrato, acompañando la solicitud con la garantía, la que deberá estar  constituida en alguna de las formas previstas en el artículo 19 del PCP, por el cien por ciento (100 %) del importe del Anticipo Financiero, debiendo constituirse en fiador en liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de exclusión y división.

Si el Adjudicatario no integrara la garantía mencionada a la solicitud de Anticipo Financiero, el Comitente no efectivizará el Anticipo y esto no constituirá causal de mora en la iniciación de los trabajos imputable al Comitente.

El pago del Anticipo Financiero se tramitará con idéntico procedimiento al previsto para los Certificados de Obra. El Comitente abonará el Certificado de Anticipo Financiero dentro de los Diez (10) días posteriores de presentada a su satisfacción la documentación necesaria para su otorgamiento.

Para la devolución del Anticipo Financiero, procederá a realizar un descuento del Veinte Por Ciento (20 %) del monto total, IVA incluido, de los certificados de obra básicos aprobados en los sucesivo. La suma de los importes descontados considerados a valores básicos del contrato equivalente a la suma anticipada.

A medida que el Contratista vaya devolviendo, mediante el descuento correspondiente en la certificación mensual, el porcentaje del Anticipo otorgado, el Contratista podrá sustituir la garantía del Anticipo, por otra correspondiente al valor del Anticipo a devolver remanente.

Art. 45 GARANTÍA DE LA OFERTA Y DE CONTRATO MEDIANTE PÓLIZA DE SEGURO DE CAUCIÓN

No se aceptará como garantía de la Oferta, de Contrato y de Garantía de Anticipo Financiero, la póliza de Seguro de Caución, cuando no se estipule en la misma que el fiador se constituye como deudor solidario (Art. 2003 del Código Civil) liso, llano y principal pagador, como renuncia de los beneficios de división y exclusión en los términos del Art. N° 2013 del mismo Código.

Cuando los Oferentes o Contratistas de Obras Públicas, garanticen sus obligaciones mediante Póliza de Seguro de Caución la suma garantizada deberá comprender el importe nominal.

 

Art. 46 MULTAS

El valor a tener en cuenta para la determinación de las multas, incluyendo el monto del Contrato y las aprobadas por Resolución Rectoral, se calculará conforme lo determina el  Anexo al Pliego Tipo de Bases y Condiciones.

 

Art. 47 FALTAS A LA INSPECCIÓN

Si el Contratista cometiera faltas en el cumplimiento de las órdenes escritas de la Inspección, se hará pasible a la aplicación de multas que podrán variar del medio al uno por mil (0,5 al 1 0/00) del monto del Contrato, según la importancia de la infracción a exclusivo juicio de la Inspección y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados en otros artículos.

Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción.

 

Art. 48 IMPRESIÓN DE FORMULARIOS

Es obligación del Contratista proveer los formularios de Certificación de Obra, Libro de Nota de Pedido, por triplicado, debidamente foliados y preimpresos en todas las hojas en donde conste el nombre de la Obra, del Comitente y del Contratista. Y Ordenes de Servicio.

 

Art. 49 INSTALACIONES EXISTENTES

El Contratista debe tener debida cuenta que durante la ejecución de los trabajos, pueden encontrarse  instalaciones que no estén referenciadas en la presente Documentación, por lo debe ejecutar los trabajos con atención, previendo la posibilidad de encontrar  instalaciones ocultas existentes, con el consiguiente riesgo de roturas.

El Contratista será responsable por la conservación del buen estado de las Instalaciones ocultas existentes en el sitio donde se ejecuten los trabajos, siendo su responsabilidad la continuidad en el suministro de dichos servicios. Cualquier daño en las instalaciones mencionadas o pérdidas ocasionadas por corte en el servicio, estará a cargo exclusivamente del Contratista.

 

NOTA

La denominación P.C. se refiere al Pliego Tipo de Bases y Condiciones para la Contratación de Obras Públicas y sus Resoluciones Ministeriales N° 2.529/54; N° 245/55; N° 1.960/60; N° 85/78; Decreto N° 2.348/76 y Resolución SETOP N° 936/80.

Ley de convertibilidad N° 23.928 y Decreto Parlamentario N° 941/91 Ley de Consolidación de Pasivos N° 23.982 y demás normas complementarias

Ley de Convertibilidad N° 23.928 y Decreto Parlamentario N° 941/91, Ley de Consolidación de pasivos N°23.982 y demás normas complementarias.------------------------------------------------