Dirección de Compras

17/08/2018

LICITACION PRIVADA N° 003/2018 -Alquiler de inmueble para SITCA- CONICET

EXPEDIENTE N°  1325/18     

LICITACION PRIVADA N° 003/2018

 APERTURA: 07 de Septiembre 2018

             Hora:  12:00.

 PRESUPUESTO OFICIAL:   $42.000,00 mensuales -1er año contrato

                                        $47.000,00 mensuales -2er año contrato 

Opción a Prórroga: 12 meses más.

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

 

ARTICULO 01) OBJETO DE LA  CONTRATACION: La presente licitación privada tiene por objeto la locación de un inmueble  destinado  a albergar las dependencias del Centro de Investigaciones y Transferencia de Catamarca (CITCA)   de  esta Universidad.-

 

ARTICULO 02) UBICACIÓN Y CONDICION DEL   INMUEBLE:

 

El inmueble solicitado  deberá estar ubicado preferentemente dentro del radio de seis (06) cuadras de la sede del Rectorado de la Universidad Nacional de Catamarca (Esquiú Nº 799 esq. Tucumán).-

 

El inmueble deberá  contar con una superficie cubierta de aproximadamente 520 m2 , diez (10) oficinas mínimos ; un salón para conferencias ;baños para uso de hombres y mujeres y cocina.-

 

Las instalaciones del  inmueble deberán contar con buena iluminación natural y ventilación y estar en óptimas condiciones de uso, habitabilidad y funcionamiento, sin que la  Universidad deba realizar inversiones para poder ocuparlo, tales como: revoques, pinturas, sanitarios,    etc.- 

 

El inmueble deberá poseer servicios de energía eléctrica, agua corriente, gas natural y  cloacas.

 

ARTICULO 03) LUGAR DIA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS: Se realizará en dependencias de la Dirección Área Compras en Rectorado, Esquiú n° 799 esq. Tucumán -1er. piso – San Fernando del Valle de Catamarca, el día 07 de Septiembre de 2018 a las doce (12:00). Si ése día resultara no laborable para la Universidad, el acto tendrá lugar el día inmediato siguiente, en el lugar y hora previsto originalmente.

A partir de la hora fijada como término para la presentación de las ofertas, no podrán recibirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura .Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por la Comisión Evaluadora.

 

ARTICULO 04) NORMAS DE APLICACIÓN: El presente procedimiento de selección se regirá: por las disposiciones contenidas en: el Decreto Nº 1023/2001; el ANEXO que forma parte integrante del Decreto n° 1030/2016 y que constituye el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional en todo lo que no se oponga a las disposiciones del art.75 inc. 19 de la Constitución Nacional, en la Ordenanza del Consejo Superior N 005/2016 Y 06/2018;  por la Disposición Nº 063/2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones que determina el Pliego Único de Bases y Condiciones generales; por las del presente pliego de bases y condiciones particulares. Supletoriamente serán de aplicación las disposiciones de la Ley de Locaciones Urbanas y los usos y costumbres del mercado inmobiliario.-

Todas estas Normas pueden ser consultadas en Dirección Área Compras en Rectorado, en días hábiles administrativos de 8:00 a 13:00.-

 

ARTÍCULO 5º.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, FORMALIDADES Y CONTENIDO DE LAS MISMAS:

 

Las ofertas deberán ser presentadas en División Mesa General del EE y SS y Archivo de la Universidad  – Esquiú n° 799 esquina Tucumán  - Catamarca – hasta las 11:55 del día fijado para la apertura de las mismas,  debiéndose respetar las siguientes formalidades:

 

a) La propuesta de cada oferente, será redactada en idioma nacional y presentada en original y copia firmada en todas sus hojas por el oferente o su representante autorizado, con aclaración de la firma; tipo y n° de documento de identidad; en un sobre o paquete cerrado con identificación de N° de expediente; N° la presente contratación, la fecha y hora establecidas para la apertura y la identificación del oferente (Nombre o Razón Social, Dirección y Tel/Fax).  

 

b) Los oferentes deberán realizar su propuesta por el alquiler de un inmueble en original y copia.

 

La UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las ofertas. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles.

La cotización deberá ser en Moneda Nacional.

 

c) Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de la oferta deberán ser salvadas por el oferente.

 

d) Deberán adjuntar constancia de Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP; (Impresa desde el sitio de Internet www.afip.gov.ar /Constancia de Inscripción) y ante la Administración General  de Rentas de la Provincia de Catamarca (Ingresos Brutos).

 

e) Copia del Poder, que posea el firmante de la Oferta, acreditando su personería (en caso de corresponder). Para acreditar debidamente la representación que invoque el firmante, se deberán acompañar los documentos (actas de asamblea o reunión de socios con designación del directorio/gerentes, actas de directorio/gerencia con distribución de cargos, mandatos, poderes) de los cuales resulten las personas que representen al oferente, con facultades para obligarlo, realizar todos los actos y firmar los documentos que sean necesarios hasta la selección inclusive.

 

f) Los oferentes  deberán informar por escrito que al día de la presentación de la oferta, no registran deudas tributarias y previsionales con la AFIP.  La Universidad verificara en forma directa a través de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) la habilidad para contratar respecto de sus potenciales  proveedores, en los términos del inciso f) del Artículo 28 del Decreto Delegado 1023/2001 y sus modificatorios y complementarios. (AFIP RG 4164-E), en todos los casos en que el monto total de la oferta resulte igual o superior a la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00). Siendo este requisito imprescindible para poder llevar a cabo la adjudicación.

 

g) Deberán adjuntar la constancia de incorporación al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) o la de pre-inscripción al mismo.

No podrán resultar adjudicados aquellos oferentes que, a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas por la Comisión Evaluadora, no estuvieran inscriptos en el SIPRO (SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES DEL ESTADO), por lo que el oferente tiene a su cargo la obligación de arbitrar los medios necesarios para gestionar su inscripción. En ese caso, dirigirse a la página www.argentinacompra.gov.ar y acceder al link “Cómo ser proveedor del

Estado”.

 

h) Los oferentes deberán acompañar a su propuesta una declaración jurada donde conste que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado Nacional  e igualmente en la misma deberá denunciar si mantiene o no juicios con el Estado Nacional o sus entidades descentralizadas. En caso afirmativo, deberá individualizar: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.

 

i) Información Contable: aquellos obligados a llevar registros contables, acompañarán a su propuesta copia de sus estados contables firmados por Contador Público y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas  correspondientes al ejercicio anterior a la fecha de presentación de oferta. En caso de no encontrarse obligados a llevar tales registros adjuntarán manifestación de bienes y deudas, firmadas por Contador Público y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con una antigüedad que no supere los últimos 6 meses.

 

j) Domicilio: En su propuesta, cada oferente deberá indicar su domicilio real y constituir un domicilio especial dentro del perímetro de la ciudad de San Fernando del Valle donde se dirigirán todas las notificaciones, judiciales o extrajudiciales que deban practicarse con  motivo de la contratación. Asimismo, la presentación de oferta implicará de pleno derecho su aceptación a someter los diferendos que pudieran suscitarse con motivo de la interpretación o ejecución del contrato, a la jurisdicción y competencia de los Tribunales  Ordinarios de la Justicia Federal con asiento en ésta ciudad, con renuncia a todo otro fuero que pudiera corresponderle.

 

k) Toda aquella documentación complementaria que el Oferente considere de interés para ilustrar mejor su propuesta.

 

ARTICULO 06) EFECTO DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA: La presentación de oferta significa de parte del proponente el pleno conocimiento y aceptación de las presentes cláusulas, por lo que no resulta necesario la devolución de éste pliego.-

 

ARTÍCULO 7) INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas podrán ser declaradas inadmisibles en los siguientes supuestos:

a) Que no estuvieran firmadas por el oferente o su representante legal.

b) Que estuviera escrita con lápiz.

c) Que fuera efectuada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el Estado Nacional.

d) Que contuviera condicionamientos.

f) Que tuviera  raspaduras, enmiendas o interlíneas y no estuvieran debidamente salvadas.

g) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.

h) Que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5º del presente Pliego.

 

ARTÍCULO 08) LUGAR Y FECHA DE APERTURA DE OFERTAS Y VISTA: En dependencias de la Dirección Área Compras en Rectorado, Esquiú n° 799 – 1er. Piso - San Fernando del Valle de Catamarca, el día 07 de Septiembre de 2018 a las doce (12:00) se procederá a abrir las ofertas en presencia de funcionarios de la Institución y de todos aquellos que desearan presenciarlo. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura Las que sean observadas se agregarán al expediente para su análisis por la Comisión Evaluadora.

Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente y a la misma hora en el mismo lugar.

Se labrará un acta que será firmada por los funcionarios intervinientes y los oferentes presentes que desearen hacerlo.

Los originales de las ofertas se exhibirán a los oferentes por el término de DOS (2) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura.

 

 ARTICULO 09) MANTENIMIENTO DE OFERTA: La validez de las ofertas se extenderá por sesenta (60) días corridos computables a partir de la fecha del acto de apertura. 

 

ARTICULO 10) CONDICIONES DEL INMUEBLE: El proponente está obligado a ofrecer un inmueble en buen estado de conservación. Si en  caso  que en el inmueble ofrecido fuera necesario ejecutar trabajos de adaptación, ampliación, refacción, pintura, revoques, etc. por cuenta de aquel, deberá fijar en la oferta el plazo dentro del cual se compromete a realizarlo a partir de la fecha de la aprobación del contrato por la autoridad competente.

 

ARTICULO 11) PAGO DE SERVICIOS e IMPUESTOS: Los montos que correspondan en concepto de servicios, tales como : agua potable; energía eléctrica ; gas natural; teléfono , estarán a cargo de la Universidad ,corriendo  por cuenta del locador los importes que correspondan en concepto de impuesto inmobiliario y contribución sobre inmuebles (tasas  municipales).  

 

ARTÍCULO 12) CONSULTAS: Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse únicamente por escrito a la DIRECCIÓN DE COMPRAS sita en la Calle Esquiú Nº799 (Rectorado), CP (4700) San Fernando del Valle de Catamarca.

No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término; las mismas podrán ser efectuadas hasta TRES (3) días antes de la fecha fijada para la apertura.

Si la DIRECCIÓN DE COMPRAS considera que la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación del Pliego en cuestión, se elaborará una circular aclaratoria y comunicará con DOS (2) días como mínimo de anticipación a la fecha de apertura, a todas las personas que hubiesen retirado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta que origina la circular.

La DIRECCIÓN DE COMPRAS podrá, de oficio, realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas, siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el Expediente.

En cuanto a las modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, del mismo modo que las aclaraciones, podrán derivar de consultas de los interesados o efectuarse de oficio por la UNIVERSIDAD, fijándose como límite para su procedencia, que no se altere el objeto de la contratación.

Sin perjuicio de lo dicho, es obligación del oferente verificar la existencia de circulares emitidas previo a presentar su cotización.

 

ARTICULO 13) EVALUACION DE LAS OFERTAS: A los fines de analizar las ofertas, la Comisión Evaluadora tendrá en cuenta el cumplimiento de los aspectos formales en la presentación de la oferta, la calidad y antecedentes del oferente, el cumplimiento de los requisitos básicos del tipo de inmueble solicitado y el precio ofrecido.

La Comisión tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos para emitir su dictamen, contados a partir de la fecha de recepción de las actuaciones, pudiéndose extender en casos debidamente fundados y expuestos en el Dictamen. Dicho plazo se suspenderá en caso de que la Comisión considerará procedente cursar intimación a subsanar errores en las ofertas presentadas, o cuando requiriese informes a peritos o instituciones estatales o privadas, y por el plazo establecido en la intimación o solicitud de informes correspondiente.

El dictamen de la Comisión Evaluadora no tendrá carácter vinculante. El mismo, será notificado dentro de los dos (2) días de emitido. Los interesados podrán interponer impugnaciones, debidamente fundadas, dentro de los tres (3) días de notificados. Durante ese término el expediente estará a disposición de los oferentes para su vista en la Dirección de Compras de lunes a viernes de 08:00 a 13:00.-

Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.

 

ARTÍCULO 14) ADJUDICACION: Una vez vencido el plazo para presentar impugnaciones se decidirá la adjudicación, la que recaerá en la oferta más conveniente para el Organismo contratante.

La Resolución Rectoral por la que se adjudique el trámite será notificada fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los tres (03) días de dictada la misma.

 

ARTICULO 15) PLAZO DEL CONTRATO: La relación contractual regirá por el término de  Veinticuatro meses (24) meses a contar  desde la fecha del contrato de locación.   

 

ARTICULO 16) OPCION A PRÓRROGA: Al vencimiento del plazo contractual, la Universidad podrá optar por la prórroga del alquiler del inmueble,  la  que se extenderá por  doce (12) meses  más. La renovación operará de forma automática, previo informe favorable del CITCA-CONICET de la UNCA y el común acuerdo entre las partes de fijar un nuevo precio mensual que regirá para dicha opción,  siempre y cuando resulte beneficioso para ambas partes. En un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 inciso b) apartado 4) del Decreto 1030/2016.   

 

ARTICULO 17) RESCISION : La Universidad podrá rescindir unilateralmente el contrato de locación por culpa del adjudicatario , sin derecho a indemnización alguna para éste , en los siguientes casos : a)quiebra o concurso preventivo del locador ; b) cuando este incurriera en fraude  o negligencia o por incumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato ; c) cuando en la oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación y d) cuando el locador hubiera transferido  , en todo o en parte , el contrato de locación sin la autorización de la Universidad .

Asimismo, la Universidad podrá rescindir el contrato de locación  unilateralmente y en cualquier momento, frente a circunstancias o el interés de la misma así lo aconsejen, sin que ello genere derecho al locador a exigir indemnización alguna por dicha decisión.

 

La voluntad de rescindir deberá ser comunicada por la Universidad por medio fehaciente con una anticipación mínima de  sesenta  (60) días corridos.

 

ARTICULO 18) FORMA DE PAGO DEL PRECIO DE LA LOCACION MENSUAL: Se efectuará por mes vencido , fijos durante toda la vigencia del contrato de locación a suscribir , en el local donde funciona la Tesorería General de la Universidad , calle Esquiú nº 799 esq. Tucumán planta baja de ésta ciudad .-  

También podrá llevarse a cabo  mediante transferencia bancaria a través de banco de plaza, con acreditación de fondos en cuenta abierta a nombre de la adjudicataria. A tales efectos, la adjudicataria deberá presentar, al momento de la firma del contrato/ Orden de Compra, los datos que se consignan a continuación: Nombre del Banco, Sucursal, Tipo de cuenta, N° de cuenta, Titular de la cuenta, N° de CBU, N° de C.U.I.T./C.U.I.L., D.N.I., en caso de  tratarse de la cuenta de un apoderado Copia certificada por escribano público que permita constatar la personería que se invoca.

Las facturas tipo “B” deberán ser emitidas a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CATAMARCA, Calle Esquiu 799 - (4700) Catamarca, C.U.I.T. Nº 30-64187093-1. Y deberá hacer referencia al Nº de expediente de que se trata. Se informa que ésta Universidad reviste el carácter de EXENTO frente al I.V.A. e II.BB.

Las facturas deberán estar confeccionadas en un todo de acuerdo con la normativa vigente aplicable en la materia fiscal y tributaria. Su confección deficiente impedirá la liquidación del pago, el cual quedará suspendido hasta la subsanación del defecto.

Dado que la UNCA es agente de retención tanto del Impuesto al Valor Agregado como del Impuesto a las Ganancias, en el caso de que las firmas adjudicatarias cuenten con una exención a dichas retenciones o revistan la condición de agentes de retención de los mencionados tributos, deberán presentar junto con la factura documentación que acredite tal situación, o de lo contrario la UNIVERSIDAD procederá oportunamente a efectuar las retenciones que pudieran corresponder por dichos conceptos.

La omisión o cumplimiento deficiente o inoportuno de la carga de acreditar la exención, exclusión o beneficio tributario, impedirá la procedencia de cualquier reclamo tendiente a la devolución de lo retenido.

 

ARTICULO 19) Los oferentes deberán acompañar indefectiblemente a su propuesta, fotocopia  del título que acredite la propiedad del inmueble ofrecido.-

 

ARTICULO 20)GARANTIAS: Para afianzar el cumplimiento de todas  sus obligaciones, los proponentes deberán constituir las siguientes  garantías : a) de mantenimiento de oferta : por el cinco por ciento (5%) del valor total de la cotización y, en caso de resultar adjudicatario b) de cumplimiento del contrato: por el diez por ciento (10%) del valor total del contrato de locación , la cual deberá constituírse  dentro del plazo de ocho (08) días de la fecha de la Resolución Rectoral que adjudique el presente procedimiento . 

Las garantías a) y b) podrán constituirse adoptando alguna de las siguientes modalidades:

  • Con cheque certificado contra una entidad bancaria a la orden de la Universidad Nacional de Catamarca, quien depositará el cheque dentro de los plazos que rijan estas operaciones.
  • En efectivo, mediante depósito en Banco de la Nación Argentina –cta. cte.n°46611461-89.
  • Con seguro de caución mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
  • Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional.
  • Con aval bancario.
  • Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidado y al cobro en entidades de la Administración Pública Nacional.

En todos los casos la constitución de las garantías detalladas precedentemente se efectuará en un todo de acuerdo  con lo establecido en el artículo 78 del anexo del Decreto n° 1030/16.-

 

ARTICULO 21) EFECTO DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA: La presentación de oferta significa de parte del proponente el pleno conocimiento y aceptación de las presentes cláusulas, por lo que no resulta necesario la devolución de éste pliego.-